De Chile a Argentina

Seguro de salud para viajar a Argentina desde Chile

Qué dice la ley argentina, por qué todavía no es exigible al entrar y qué te cobran en los hospitales si no tienes seguro.

Lo esencial

  • La ley argentina prevé que los extranjeros declaren al entrar que tienen un seguro de salud, pero esa declaración se exige recién cuando se reglamente. Al 26 de octubre de 2026 la reglamentación no aparece publicada, y la Cancillería argentina dice que no se está pidiendo.
  • Muchas aseguradoras lo presentan como obligatorio desde 2025. Esa idea sale de un anuncio del Gobierno argentino de mayo de 2025; el decreto que cambió la ley dice que la declaración se exige recién cuando se reglamente.
  • Igual te conviene llevarlo. Desde el 12 de agosto de 2026, los hospitales que administra el Estado nacional cobran a los extranjeros sin residencia permanente la atención que no es de emergencia, y también lo que sigue después de estabilizar a la persona.
  • Algunas provincias cobran por su cuenta, y en Mendoza se cobra también la guardia.
  • La emergencia no se le puede negar a nadie, pero eso no quiere decir que sea gratis en todos lados. Un convenio de salud entre Argentina y Chile prevé atención de urgencia sin cobro en hospitales públicos solo para quien no puede pagar y no tiene seguro.

¿Es obligatorio hoy?

Para entrar a la Argentina, todavía no es exigible. La ley de migraciones dice que la declaración del seguro de salud se exige «una vez reglamentada su implementación».

Al 26 de octubre de 2026, esa reglamentación no aparece entre las normas que modifican o complementan la ley. La Cancillería argentina dice que todavía no se reglamentó y que no se está pidiendo la declaración.

Que no te lo pidan para entrar no quiere decir que no haga falta. Sin seguro, en los hospitales nacionales pagas la atención que no es de emergencia, y en varias provincias te cobran también la guardia.

Qué dice el Decreto 366/2025

El Decreto 366/2025 cambió la ley de migraciones (Ley 25.871) en mayo de 2025:

  • El art. 34 pide que los extranjeros que entran presenten una declaración jurada con el motivo del viaje y digan que tienen un seguro de salud.
  • El art. 123 bis aclara que esa declaración se exige recién cuando se reglamente cómo se implementa.
  • El art. 8 dice que la atención de emergencia no se puede negar ni restringir a ningún extranjero, y que en los establecimientos del Estado nacional el resto de la atención se da presentando un seguro de salud o pagando antes.

El 14 de mayo de 2025, el Gobierno anunció que «se impondrá la obligatoriedad» de contar con un seguro médico para entrar. De ese anuncio sale la idea de que ya es obligatorio, que repiten muchas aseguradoras.

Lo que rige es el texto de la ley, con su art. 123 bis.

Qué se cobra en los hospitales nacionales

La Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud rige desde el 12 de agosto de 2026 en los establecimientos que administra el Estado nacional. Los hospitales de las provincias y de los municipios no están alcanzados por esta resolución. Según su anexo:

  • Se aplica a todo extranjero que no tenga residencia permanente, así que te incluye si vas de turismo.
  • No se cobra la atención de una emergencia, es decir, de un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función.
  • La lista de emergencias incluye paro, infarto, ACV, politraumatismo, hemorragias, quemaduras e intoxicaciones, entre otras. Ante la duda, se atiende primero.
  • Fuera de la emergencia, tienes que presentar un seguro que cubra la atención o pagar antes. Si la cobertura no alcanza, pagas la diferencia.
  • Para facturarle a la aseguradora, el hospital te pide una copia del pasaporte o del documento y de la «tarjeta de asistencia viajera, póliza o voucher».
  • Si entraste por una emergencia sin seguro, te cobran lo que se genere desde que termina la emergencia hasta el alta. Con seguro, se le factura a la aseguradora.

Y en los hospitales de las provincias

Algunas provincias cobran por normas propias, y no siempre exceptúan la urgencia.

Mendoza, la provincia de Cristo Redentor y de Pehuenche, cobra desde agosto de 2024 la atención en sus hospitales públicos a los extranjeros que no viven en la Argentina (Ley 9535 y Decreto 1266/2024).

La ley provincial dice que la paga el paciente, que después puede pedirle el reembolso a su cobertura con el comprobante. Según Chequeado (abril de 2025), una consulta costaba $ 10.000 y una urgencia en la guardia, $ 63.000.

Según el mismo informe, también cobran Salta, Jujuy y Santa Cruz. Santa Cruz tiene un acuerdo especial de atención gratuita por accidentes en la ruta entre Argentina y Chile.

En Neuquén, Río Negro, Chubut y San Juan, las normas consultadas no incluyen un cobro vigente. Eso no garantiza que la atención sea gratis: te conviene viajar con seguro igual.

El convenio de urgencias entre Argentina y Chile

Argentina y Chile firmaron en 1996 un convenio de cooperación en salud, aprobado en la Argentina por la Ley 25.130.

Un instructivo firmado por los dos ministerios en 2011 fija que los hospitales públicos de los dos países atienden sin cobrar las emergencias y algunas urgencias de los ciudadanos del otro país. Se entiende por urgencia un riesgo vital o una secuela funcional grave.

Tiene condiciones, y se tienen que cumplir todas:

  • La persona no tiene residencia permanente.
  • No tiene medios para pagar.
  • No hay un tercero que pueda pagar por ella.

Si tienes un seguro o una asistencia al viajero, tienes un tercero que paga, así que el hospital le factura a la aseguradora.

No está claro cómo se aplica el convenio en 2026, ni cómo convive con la Resolución 1066/2026 o con el cobro de Mendoza. No es un reemplazo del seguro.

Qué sirve como seguro

OpciónQué revisar
Seguro de viaje o asistencia al viajeroEl monto de la cobertura médica, si incluye la repatriación y si cubre toda la estadía. Los hospitales nacionales aceptan la tarjeta de asistencia, la póliza o el voucher para facturar.
Cobertura de la tarjeta de créditoDepende de la tarjeta y del banco. Pide un certificado con los nombres y las fechas del viaje.
IsapreSirve solo si tu plan tiene cobertura internacional, según la Superintendencia de Salud.

La CMF recomienda revisar antes del viaje si el seguro de salud cubre el destino y cómo se paga.

En un aviso de julio de 2026 para chilenos que viajaban a partidos en la Argentina, el Consulado de Chile recomendó contratar un seguro de viaje que incluya salud y repatriación.

PasosHoy no vende seguros ni cobra comisiones por ellos. No recomendamos ninguna aseguradora.

Ante una emergencia médica en la Argentina

El número de emergencias es el 911, para pedir una ambulancia o a la policía. Ten a mano tu documento y la póliza o el voucher del seguro, y avisa a la central de asistencia del seguro lo antes posible.

Para un accidente grave, una detención o la pérdida de documentos, contacta al consulado chileno más cercano.

En Mendoza, por donde se llega desde Cristo Redentor y Pehuenche, el Consulado General de Chile tiene un WhatsApp de emergencias: +54 9 261 751 4396.

Si viajas en auto

El seguro del auto es otro. La aduana argentina te pide el comprobante de un seguro de responsabilidad civil vigente, el RCI, y ese seguro no cubre a quienes viajan en el auto.

El RCI está explicado en seguro RCI para viajar a Argentina en auto, y el resto de los papeles, en requisitos para viajar a Argentina en auto.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el seguro de salud para viajar a Argentina?

Todavía no para entrar. La ley argentina pide declarar al ingreso que tienes un seguro de salud, pero aclara que esa declaración se exige cuando se reglamente, y al 26 de octubre de 2026 la reglamentación no aparece publicada.

Igual te conviene viajar con uno: fuera de la emergencia, los hospitales nacionales y los de algunas provincias cobran la atención a los extranjeros sin residencia permanente.

¿Qué seguro piden para ingresar a Argentina desde Chile?

Para las personas, hoy ninguno es exigible en la frontera. Si vas en auto, la aduana argentina te pide el comprobante de un seguro vigente: el RCI, que explicamos en su propia página.

¿Atienden gratis una urgencia en un hospital argentino?

Depende del hospital. La ley argentina prohíbe negar o restringir la atención de emergencia a cualquier extranjero, pero no dice que sea gratis.

En los hospitales nacionales, la emergencia no se cobra y lo que sigue después de estabilizar a la persona, sí. En los provinciales depende de cada provincia: en Mendoza, por ejemplo, la guardia se cobra.

El convenio de salud entre Argentina y Chile prevé atención sin cobro de emergencias y de algunas urgencias en hospitales públicos solo para quien no puede pagar y no tiene un seguro que pague por él.

¿Sirve la Isapre en la Argentina?

Solo si tu plan tiene cobertura internacional, según la Superintendencia de Salud. Pregúntale a tu Isapre antes de viajar. Si estás en Fonasa, las fuentes oficiales no aclaran cómo funciona la atención en el extranjero.

¿Sirve la asistencia al viajero o la de la tarjeta de crédito?

Para los hospitales nacionales, sí puede servir: la Resolución 1066/2026 acepta la «tarjeta de asistencia viajera, póliza o voucher» para facturarle a la aseguradora.

Lo que importa es qué cubre y hasta qué monto: revísalo, y si la cobertura viene con la tarjeta, pide un certificado con los nombres y las fechas del viaje.

¿Cuánto cuesta un seguro de salud para viajar a Argentina?

Depende del plan, de la edad y de los días. PasosHoy no vende seguros ni cobra comisiones por ellos, así que no comparamos precios: te conviene cotizar en más de una aseguradora y revisar qué cubre cada plan.

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Fuentes oficiales

Consultadas el 26 de octubre de 2026. Los requisitos cambian: antes de viajar, conviene confirmarlos en la página del organismo.

Última revisión de esta guía: 26 de octubre de 2026. PasosHoy no es un sitio del gobierno: si tu caso es particular, quien responde es el organismo que corresponde. De dónde salen los datos, en Fuentes y criterios; si ves un error, avísanos en Correcciones.